26 de febrero de 2010

Entrevista a Paco Ignacio Taibo II

Esta es la grabación de la entrevista al escritor Paco Ignacio Taibo II y su compañera, la activista cultural y fotógrafa Paloma Sáiz Tejero, el 23 de febrero de 2010, para el programa Resistencia Sudcaliforniana que se transmite los domingos de 14 a 16 horas por RadioAmlo, desde La Paz, Baja California Sur. En la plática, Taibo II resume sus opiniones sobre la celebración oficial de los Centenarios, el propósito de la historia y la naturaleza de su compromiso social.

8 de enero de 2010

El pescador y el turista


Un turista visitó un lejano campamento pesquero y fue recibido cordialmente por un pescador. Luego de pocos días de ver cómo hacía su vida, el turista preguntó al pescador por qué en vez de trabajar en el mar de las cuatro a las diez de la mañana no trabajaba hasta la tarde. Por lo común, después de la labor el pescador se ponía en una hamaca a ver el mar el resto del día. “¿Para qué?”, fue su respuesta. “Ganaría el doble o el triple de dinero de lo que gana ahora”, dijo el visitante. “¿Para qué?”, preguntó de nuevo el local. “Pues con eso en poco tiempo podría comprar otra panga.” “Sí, ¿pero para qué.” “Podría contratar a otro pescador para duplicar la producción.” “Pero, ¿para qué?, insistió el pescador. “Es que con la ganancia podría ir comprando más pangas, hasta tener una flota; haría mucho dinero.” Suspirando, el pescador volvió a preguntar: “¿Para qué?” “Para dejar de trabajar: podría construirse una casa en la costa y descansar mientras ve el mar.” “¿Pues dónde estoy y qué es lo que hago ahora?”, fue la última frase del pescador en esa plática.
El turista no se desanimó. Pensó que era noble llevar a muchos el sueño del pescador. Regresó a su tierra y convenció a varios inversionistas del proyecto para construir un resort. En poco tiempo convenció también a los gobernantes del lugar, quienes lo sorprendieron demostrándole que el pescador no era propietario del lugar donde habitaba. Hicieron una sociedad muy atractiva. Un año después, muy de mañana, el visionario turista visitó de nuevo al pescador, pero ahora acompañado de notarios, abogados, arquitectos, maquinaria pesada, la policía y una orden de desalojo. Meses antes, gracias a la ubicación dada por uno de los inversionistas, un par de flotas pesqueras había barrido sistemáticamente el mar cercano con grandes redes y largos palangres. Lo encontró en la playa sacando pequeños peces con un anzuelo atado a una tabla. Estaba delgado y con una visible cicatriz en el pie descalzo. Luego de explicarle brevemente la situación legal y el nuevo plan, el turista desarrollador le preguntó: “¿Por qué no trabaja para mí?” Todavía moviendo el cordel que se perdía bajo el agua, el pescador respondió sombrío y sin mirarlo a la cara: “¿Para qué?” Convencido de la simple mentalidad de los locales, el turista fue directo a la conclusión del asunto: “Para que tus hijos no se mueran de hambre."

Publicado en Península, la mítica California, no. 4, enero de 2010.

18 de noviembre de 2009

El aborto permitido

En Baja California Sur el aborto está permitido. El Estado, lejos de castigar a las mujeres, está obligado a dar garantías para su protección en los casos que ordena el Código Penal vigente en su Artículo 252. Estos casos son: 1) si la madre quiere abortar porque su embarazo es producto de una violación, 2) si su vida está en riesgo debido al embarazo, y 3) si hay malformaciones físicas reconocidas por al menos dos médicos especialistas en el embrión o feto. El aborto tampoco se penaliza si fue producto de un acto “culposo”, es decir, no voluntario, por parte de la mujer.

Estas disposiciones se encuentran en el Código Penal de Baja California Sur como una herencia del Código Penal del Distrito Federal que se aplicaba aquí en los años previos a 1974. Desde 1931 se incluyeron estas causales para despenalizar el aborto en el Distrito Federal y fueron incluidas textualmente en código sudcaliforniano actual desde 2005.

Debe considerarse que antes de incluir estas causales las mujeres estaban obligadas, so pena de cárcel, a concluir los embarazos que fueran producto de violación o inseminación sin su voluntad, así como los que pusieran en riesgo su vida o en los que el embrión o feto tuviera malformaciones incapacitantes. Incluso el aborto espontáneo, atribuible a un accidente o a su “imprudencia” podía ser castigado. El Estado tenía una espada desenvainada encima de la cabeza de cada una de las mujeres mexicanas, porque ¿quién más puede querer interrumpir un embarazo que la propia mujer embarazada que no desea estarlo? Antes de 1931, en el Distrito Federal y en Baja California Sur, todas las mujeres eran candidatas naturales a cometer un acto criminal.

En cierta forma, en Sudcalifornia aún lo son. Las causales por las que actualmente no puede castigarse el aborto son de una justicia elemental, por eso se aprobaron hace tanto tiempo, al considerar injusto que se someta a la mujer a una imposición que afecta su salud, su dignidad o su vida. Pero todavía subsiste en el Código Penal de Baja California Sur la criminalización de la mujer que aborta. Dice su artículo 249: “Comete el delito de aborto el que cause la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.” Y el artículo 250 le sigue: “A la mujer que realice o autorice su aborto y a la persona que le hiciere abortar con su consentimiento, se le aplicará de dos meses a dos años de prisión o trabajo en favor de la comunidad hasta por doscientas jornadas, además de multa de veinte a cien días de salario.”

Es decir, con las excepciones dichas, todas las mujeres que interrumpen su embarazo en cualquier momento son culpables del delito de aborto, así sea en la primera semana de embarazo o en la última.

La falta de coherencia entre los artículos 249 y 250, y el 252 es una puerta abierta o una puerta cerrada. Para las mujeres pobres es una puerta que se cierra, para las mujeres con dinero es una puerta abierta. Ésta es otra parte que los antiabortistas (autodenominados “pro-vida”) se rehúsan a ver o quizá la ven claramente y por eso se guardan su opinión. Las mujeres que deciden abortar lo hacen aunque haya leyes que castiguen posteriormente su decisión. Es decir, la aplicación de leyes más estrictas no afecta su decisión en lo más mínimo. Cada año decenas de miles de mujeres mexicanas interrumpen su embarazo. Una parte lo hace acogiéndose a las garantías del artículo 252, pero la mayoría lo hace en una clandestinidad, precariedad o soledad que le condena a un riesgo de muerte, enfermedades por infecciones, daños permanentes a su cuerpo y, especialmente, a un sentimiento de abandono por parte de la sociedad a la que pertenece.

¿Por qué los antiabortistas nunca mencionan que los abortos clandestinos son la tercera o cuarta causa de muerte de las mujeres en México? Posiblemente piensan (o sienten) que es un justo castigo. Ser mujer, ser pobre y no resignarse a su destino.

En los 16 estados de la federación mexicana donde se ha hecho más estricta la penalización del aborto, lo que se ha obtenido es una persecución sistemática de mujeres por el aparato público y absurdos denigrantes para los ciudadanos de un país como México de imponerle desde la autoridad estatal a menores de edad un embarazo provocado por violadores o ejecutar una prisión inmediata a una mujer que acaba de abortar espontáneamente y apenas se recupera de sus graves heridas, entre muchos otros casos indignantes.

Estas condiciones de injusticia social hacia las mujeres y el problema de salud pública que implica fueron los argumentos principales de los debates sobre la despenalización del aborto desde 1936 en la Ciudad de México. En la capital de la república, donde además de los poderes federales se ubican los principales centros de investigación médica, académica y social del país, el año 2007 la Asamblea de Representantes del Distrito Federal despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo cuando se realiza antes de la doceava semana de gestación.

¿El resultado en dos años? ¿Se incrementó el número de abortos? No.

Cada año en todo el país las instituciones de salud registran poco más de 150 mil “egresos hospitalarios por aborto”, sin contar los abortos clandestinos. La mayoría de los casos que llegan a los centros de salud se complican (sepsis, esterilización, hemorragias y otras). Setenta y cinco mujeres mueren, en promedio. En el Distrito Federal, después de despenalizar la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas, la cifra de “egresos hospitalarios” es similar a la de los años previos, pero los casos de complicaciones disminuyeron de 22 mil a cero. Hoy, el índice de mortalidad para las mujeres que interrumpen su embarazo en la Ciudad de México es inferior a uno.

¿Qué ha cambiado? Las mujeres que han decidido abortar ya no lo hacen en la clandestinidad y con métodos que las lastiman; ya no llegan como víctimas a los hospitales para ver si es posible curarse de sus heridas. ¿Por qué escandaliza a los antiabortistas que cientos de miles de mujeres ya no tengan que arriesgar su vida, su patrimonio y su dignidad?

golfodecalifornia.blogspot.com

10 de noviembre de 2009

Los diputados de BCS y el aborto

En Baja California Sur se discute en este momento si habrán de reformarse las leyes para despenalizar el aborto o, por el contrario, para penalizarlo más. Se trata de iniciativas de ley presentadas oficialmente en el Congreso local por la diputada Graciela Treviño, para despenalizarlo, y por la diputada Sonia Murillo para constreñir más su penalización.
Es notable que sean mujeres las promoventes de estos cambios, porque hasta hace muy poco los asuntos legales relacionados con la salud reproductiva de las mujeres eran tratados sólo por hombres. De hecho, tiene que recordarse, para apreciar de mejor manera el tema del aborto, que en México sólo a partir de 1953 (luego de 120 años de vida política independiente) las mujeres tuvieron derechos ciudadanos. Pero pasarían décadas para que pudieran ser electas como diputadas, presidentas municipales o gobernadoras. Que hoy se dé el caso de dos diputadas colocando ante los ciudadanos de Baja California Sur la opción de cambiar en las leyes la concepción del aborto para descriminalizar al género femenino es un avance significativo.
¿Cuál ha sido la respuesta inmediata a la propuesta de la diputada Treviño para despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo antes de las 12 semanas de gestación y disminuir el castigo penal a las mujeres que abortan después de este periodo?
Asesina, promotora del libertinaje, segadora de vidas inocentes.
Quienes utilizan este lenguaje parece que no se están expresando así de la diputada Treviño, sino de las mujeres en general, en particular de las mujeres que han decidido en algún momento interrumpir uno de sus embarazos. Se trata no sólo de medio centenar de personas que públicamente se han exhibido en el interior del Congreso y a través de los medios locales; han sido también el diputado Armando Cota y los dos diputados de la fracción parlamentaria del PRI. El primero, cuya carrera política consiste en haber sido empleado contable de una casa comercial de la familia Ruffo, luego tesorero del XII Ayuntamiento y ahora “representante” del distrito local II, ha dicho públicamente: “No vamos a permitir que en BCS entre el libertinaje, yo soy del PRD y yo estoy en contra, que se sepa de una vez.”
De manera más extensa, la fracción parlamentaria del PRI formada por los diputados José Humberto Mayoral López y José Felipe Prado Bautista pronunciaron un discurso oficial ante el pleno del Congreso, el 3 de noviembre de 2009, en contra de la despenalización del aborto en términos que resumen perfectamente el breve criterio que priva en el razonamiento de quienes criminalizan la interrupción del embarazo: “(…) considero que es paradójico que mientras que los organismos internacionales luchan y los propios juristas mexicanos hacen esfuerzos para garantizar a todos los ciudadanos su Derecho a la Salud, otros pretendan propiciar la impunidad al delito de asesinato, y aunque se le quiera llamar con nombres más rebuscados, para mí abortar es sinónimo de asesinar, pues la vida comienza desde el momento mismo de la concepción y termina con la muerte del individuo…”
En todos los casos que se critica la despenalización del aborto, el argumento es el mismo: el aborto es la muerte de un ser inocente a manos de su madre y ésta debe ser castigada en su cuerpo con una pena de prisión que dure varios años. La ley también castiga a quien ayude a una mujer a interrumpir su embarazo, pero podemos ver que la penalización del aborto está dirigida esencialmente contra mujeres, por esa cualidad que las hace más diferentes a los hombres y más necesarias a la humanidad. A la fecha, todavía los hombres están impedidos físicamente para embarazarse.
La iniciativa de la diputada Sonia Murillo del PAN se propone modificar un artículo de la Constitución de Baja California Sur para colocar la palabra “fecundación” ahí donde dice “concebido” en el Artículo 22 que ahora se encuentra escrito así: “La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos previstos en este Código.” La iniciativa de la diputada panista no se extiende a modificaciones notables al Código Penal. Pero el cambio de la palabra “concepción” por “fecundación” en el Artículo 22 se dirige a reforzar la penalización de la interrupción del embarazo. Esto ya ha sucedido en 16 estados de la república mexicana y ha provocado el encarcelamiento de decenas de mujeres, la supresión de la educación sexual y reproductiva en las escuelas, y la desatención de las autoridades a un problema de salud pública que involucra directamente a la mitad de la población e indirectamente al resto.
Si de manera constitucional se considera que la protección de la ley de los individuos comienza en la “fecundación”, quiere decir que, desde el momento en que un espermatozoide se unió a un óvulo, el Estado debe proteger al cigoto resultante. Por consecuencia, el Estado debe considerar como aborto si una mujer realiza cualquier acción que evite la fijación del cigoto en su útero. En los hechos, una vez realizada la fecundación de uno de sus óvulos dentro de su cuerpo, la mujer debe convertirse en una incubadora. Dice el diputado José Humberto Mayoral López en su discurso del 3 de noviembre pasado: “(…) podemos asegurar que abortar también significa ‘decapitar’ y eso precisamente es lo que se pretende, ‘decapitar’ a un pequeño ‘indefenso’ y que para su desgracia, el asesinato quedaría impune, pese a que lo está perpetrando su propia madre, aquella mujer que debe ser símbolo de un amor inconmensurable, ilimitado e incondicional, y que con el aborto pretende ocultar su vergüenza, su irresponsabilidad y, en muchos de los casos, su ignorancia.”
Revisando el maniqueísmo de estos diputados priistas, la iniciativa fecundacionista del PAN y las declaraciones de los antiabortistas en la prensa escrita, puede apreciarse que consideran la despenalización del aborto como un insulto a la moral, relacionada ésta con las creencias religiosas de una sociedad patriarcal. Por el contrario, la despenalización del aborto antes de las 12 semanas de gestación es una tendencia mundial para garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo. Es un asunto que no puede abordarse desde la perspectiva moral de lo “bueno” y lo “malo”, incluso tampoco puede abordarse sólo desde el “debe ser” de la ética. Se trata de un problema de salud pública, discriminación social e injusticia. ¿Por qué quienes buscan penalizar más el aborto, o se oponen a su despenalización, nunca consideran los derechos de las mujeres? Incluso la ley actual, con tener penalizado el aborto antes de las 12 semanas de gestación, lo permite en varios casos que analizaremos en la siguiente entrega.
¿Debe ser castigada por el Estado la mujer decida interrumpir su embarazo temprano? ¿Qué es la mujer a los ojos de las leyes que tenemos actualmente en Baja California Sur?

5 de octubre de 2009

Los orígenes de la universidad en Occidente


La historia de la universidad como institución de altos estudios se encuentra explicada desde diversas tradiciones, según sea la consideración que se tenga sobre sus propósitos iniciales. La historia oficial de Occidente con frecuencia recurre a la Academia de Platón en Atenas y a la fundación de las universidades europeas de la Edad Media, pero puede extenderse en el tiempo esta historia hasta las instituciones de China, Pakistán y la India que expedían títulos a sus egresados siglos o milenios (como en el caso de la Escuela Superior —Shangyang— de China) antes que Platón abriera su jardín en 387 adC.

La fundación de las universidades como las conocemos en la tradición occidental, sin embargo, y todo el proceso cultural que dio origen al rigor académico y al interés por la investigación y la crítica, se encuentran ligados a las polémicas teológicas de los inicios del cristianismo, en particular a una doctrina considerada herética: el nestorianismo.

Debe recordarse que los primeros siglos del cristianismo como religión oficial estuvieron marcados por las discusiones entre las diócesis de Roma, Alejandría, Jerusalén y Antioquia. El nestorianismo tenía su sede principal en esta última ciudad, precisamente donde se nombró por primera vez como “cristianos” a los seguidores de Jesús. Los nestorianos habían formado prestigiadas comunidades de maestros y discípulos dedicadas al estudio de los textos bíblicos y a la traducción de textos. Con la prohibición de su doctrina, a finales del siglo V emigraron invitados hacia el imperio persa (enemigos del bizantino que los expulsaba), llevando consigo importantes bibliotecas de manuscritos griegos. Se establecieron primero en Edesa, pero en 489 se movieron a Nisibin, abriendo en la vecina ciudad de Gundishapur (hoy Irán) facultades seculares —esto es, laicas— de las ciencias clásicas: matemática, astronomía y medicina. Gundishapur ya era la capital intelectual del imperio persa sasánida, pero la llegada de los nestorianos promovió el arribo de otros cientos de estudiosos del decadente imperio bizantino (en especial de Atenas y Alejandría) exiliados por la intolerancia religiosa del cristianismo canónico. La academia de Gundishapur floreció especialmente cuando llegaron sabios invitados procedentes de India y China, con sus respectivos conocimientos de medicina, astronomía y matemática, algo que promovió también la apertura de una escuela de traductores que trasladarían hacía occidente diversos textos literarios y científicos orientales.

El imperio persa cayó ante el avance musulmán en 638, pero la academia de Gundishapur sobrevivió y se sostuvo por siglos como un centro islámico de altos estudios, una auténtica ciudad académica o universitaria (para los iraníes, que todavía la sostienen, la primera del mundo). Sin embargo, hacia 832 el califa abbasí de Bagdad (hoy Irak) fundó y dotó la Casa de la Sabiduría, Baytu l-Hikma, siguiendo los métodos de Gundishapur y, de hecho, utilizando a la mayoría de sus graduados, con lo que vino a sustituirla y a superarla en poco tiempo.

La dinastía abbasí fue el esplendor del Islam árabe y su joya era la Bagdad de Las mil y una noches. La gran tolerancia intelectual de la época permitió la traducción y discusión de las obras científicas de médicos y filósofos como Aristóteles, Hipócrates, Galeno y Discórides, y la aparición de hospitales vinculados estrechamente con las escuelas de medicina. Así se crearía un modelo empirista, laico y riguroso, de gran prestigio, que viajó hacia Occidente junto con el Islam y entraría a Europa por España (en la universidad de Córdoba del siglo VIII, donde enseñaron Avicena y Averroes, entre otros) e Italia (en la universidad de Salerno del siglo X), y que serviría de modelo para muchas universidades europeas.


La comunidad de maestros y académicos

Textos de la antigüedad grecolatina, conservados por nestorianos, persas y árabes, entraron por España, un estado prácticamente islámico, a partir del siglo VII, pero fue la conquista cristiana de Toledo en 1085, la tolerancia de los reyes castellanos hacia los mahometanos (islámicos) y judíos y su financiamiento de la Escuela de Traductores de esa ciudad lo que aceleró el proceso. Ahí se realizó el trabajo de traducción del árabe al latín y al español (castellano de la época) y se diseminó, a partir de la última década del siglo XI, por las cortes de la Europa cristiana.

Para los estudiosos, este arribo del conocimiento antiguo venía a confirmar la inoperancia de la educación impartida por la Iglesia. La enseñanza se impartía desde hacía siglos exclusivamente bajo la vigilancia de la autoridad eclesiástica católica. Se le llamaba escolástica porque promovía de manera única el comentario (scholium, en latín) de los textos canónicos o tradicionales (la Biblia, en especial).

El proceso cultural que daría origen a las universidades comenzó paralelo a las instituciones religiosas o como una prolongación extramuros del modelo de estudios de los monasterios, esto sigue siendo tema de discusión. El hecho es que profesores y estudiantes comenzaron a reunirse en espacios paralelos a los conventos, monasterios e iglesias para discutir los nuevos temas (referidos, recuérdese, a los antiguos), en especial los de utilidad práctica como el derecho y la medicina, y todo el sistema aristotélico, el más sistematizado de la antigüedad.

Con la finalidad de dar una estructura más adecuada a las discusiones, a la investigación y a la enseñanza, varias categorías de docentes (de docere, “enseñar’) y estudiantes se organizaron en un tipo de corporación o gremio que se dio a llamar, simplemente, “comunidad de maestros y académicos” —en latín: universitas magistrorum et scholarium— a imitación de las comunidades de artesanos que eran frecuentes en la Alta (o Tardía) Edad Media, y que funcionaban con un estatuto de autonomía. La libertad de cátedra y la alta tolerancia fueron sus características iniciales.

A partir del siglo XII, el espíritu de la universidad se había difundido por toda Europa y había dado origen a distintas instituciones que se distinguieron por una disciplina particular: la de Salerno y Montpellier por la medicina, Bolonia por el derecho, París por la teología y filosofía, y Oxford por la ciencia experimental. Generalmente cada universidad estaba estructurada con una diferente organización de sus estudios, pero cada una alojó de manera básica cuatro facultades: medicina, derecho canónico, derecho civil y teología.

Antes de poder asistir a los cursos universitarios normalmente era necesario haber frecuentado y concluido, con una licencia, un ciclo de seis años considerado como enseñanza de base —impartida por las mismas universidades— que estaba enfocado en las siete artes liberales: aritmética, geometría, astronomía, música, gramática, retórica y dialéctica, con mayor interés por esta última.

El ambiente en estas universidades era completamente diferente del que se vivía en las viejas escuelas obispales. Los programas de enseñanza eran ideados libremente por los profesores, quienes también, con la ayuda de los estudiantes, preparaban libros de texto concebidos para una enseñanza práctica. Aquí es donde se acuñó un método de los estudios superiores con el cual se dirige al estudiante a recorrer un camino intelectual preciso mediante la lectura, el análisis (cuestionamiento o individualización) de problemas, la disputa interpretativa y la síntesis final (en latín determinatio). Los profesores de mayor prestigio se desplazaron de una sede a otra y con ellos muchos de sus estudiantes, estimulando aún más este movimiento cultural que preludiaba el Renacimiento europeo.

En el siglo XIII, sin embargo, dado el gran poder adquirido por las universidades, las autoridades civiles, los reyes de Francia e Inglaterra y los magistrados municipales en Italia comenzaron a imponer un control directo sobre ellas. Los universitarios se opusieron, algunos incluso abandonando las sedes, pero vieron perder su autonomía. Finalmente el papado intercedió ante la crisis y colocó a las universidades bajo su jurisdicción, asegurando los privilegios jurídicos y económicos de los universitarios, terminando con ello un periodo de discusión y debate intelectual. La intelectualidad universitaria se dirigió desde entonces y hasta el siglo XIX cada vez más hacia las carreras eclesiásticas y comenzó una era de dogmatismo académico. El medievalista francés Jacques de Goff lo resumió diciendo: “los intelectuales de Occidente devinieron, con una cierta mesura, pero sin alguna duda, en agentes pontificios”.


Con información de las enciclopedias libres en línea: en.wikipedia.org, it.wikipedia.org y es.wikipedia.org.

27 de septiembre de 2009

Parejas del mismo sexo en B.C.S.: un reconocimiento jurídico necesario

El emplazamiento a huelga del Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (SPAUABCS) de marzo de 2009 colocó en los periódicos un tema importante para la sociedad sudcaliforniana, hasta ese momento no abordado por la opinión pública: la unión legal de parejas del mismo sexo (El Sudcaliforniano, 12-iii-09).

La hoja de exigencias laborales que el SPAUABCS discutió en su asamblea en ese mes contenía la demanda de otorgar las prestaciones laborales que se otorgan a los cónyuges de los académicos a sus “parejas del mismo sexo”. La petición fue hecha por un solo profesor de la UABCS, integrada por el SPAUABCS en su orden del día y retirada del pliego petitorio luego de discutirse bajo un argumento cierto: en Baja California Sur no se otorgan derechos civiles a las parejas homosexuales.

Durante la asamblea que discutió el punto (y que resolvería también si el SPAUABCS estallaba la huelga), el tema fue abordado de manera abundante. Pocos profesores se mostraron en contra; alguno hizo alusión a una objeción de conciencia basada en su religión católica. Esto fue muy importante, porque forzó a los académicos de la UABCS a rechazar criterios morales en su decisión de exigir a la Universidad que diera las mismas prestaciones a las parejas del mismo sexo que a las parejas heterosexuales. La discusión no fue pública, pero tenemos el hecho de que sí comunicaron a la sociedad sudcaliforniana su aprobación a este derecho, pese a no incluirlo en el pliego petitorio, dada la inexistencia del reconocimiento jurídico en las leyes locales hacia las parejas del mismo sexo (El Sudcaliforniano, 13-iii.09).

El asunto pasó a la opinión pública de inmediato gracias a los medios impresos, que trataron el asunto con gran delicadeza, sin ironía y aprovechando el término exacto del pliego petitorio sindical: “parejas del mismo sexo”. El hecho es notable y trascendente porque los profesores de la UABCS, así como la propia universidad, han estado sometidos desde hace años a una presión constante desde el exterior por su aparente falta de contribución a la sociedad sudcaliforniana y el supuesto alto costo económico que representan sus prestaciones (aunque el estado de B.C.S. sólo aporta el 15 por ciento del presupuesto universitario). Era de esperar que la petición de aumentar la base de derechohabientes de esta institución hacia las parejas homosexuales fuera tratada con homofobia o con ironía. Al menos públicamente esto no se dio.

Lo sucedido marcó claramente la posición de todos los actores sociales de Baja California Sur. El líder estatal del Partido Acción Nacional (PAN), un partido identificado con el conservadurismo y la jerarquía católica, fue el único político en mencionar públicamente el tema. Se opuso con el mismo argumento utilizado por la rectoría de la UABCS para negar este punto al sindicato académico: las leyes de Baja California Sur no consideran el otorgamiento de derechos conyugales a parejas del mismo sexo. Es decir, mostró solamente que no había precedentes legales. Pero el sindicato académico y la rectoría de la UABCS fueron más proactivos: se pronunciaron abiertamente para exigir que este derecho se legisle en el código civil de la entidad (El Sudcaliforniano, 23-iii-09).

Quienes hicieron un vacío declarativo, exponiendo así su posición formal ante este tema, fueron el gobierno del estado y sus múltiples organismos públicos descentralizados que dan atención a sectores vulnerables. Tampoco ninguna fracción partidista del congreso o el tribunal superior de justicia estatales hicieron comentario alguno en este sentido (no pudo escucharse siquiera un eco), aunque se rigen actualmente bajo una ley contra la discriminación que ellos mismos establecieron.

Parece que el tema de la homosexualidad es todavía es un tema muy incómodo para la clase gobernante sudcaliforniana. Pero mientras no se analicen a profundidad las implicaciones de los derechos de las parejas homosexuales para la igualdad jurídica de todos los individuos en la sociedad sudcaliforniana habrá un campo extenso para la discriminación y la injusticia en Baja California Sur. De esto son responsables los tres poderes del estado sudcaliforniano.

Otorgar seguridad jurídica a las parejas homosexuales está muy lejos de destruir la función social convencional de la familia. Por el contrario, contribuye a generar una importante estabilidad social al promover que las personas homosexuales puedan sentirse plenamente identificadas, tomadas en cuenta y protegidas por la sociedad local. Para esto es necesario evitar los estereotipos sobre la homosexualidad y poner atención al hecho de que existen miles de parejas del mismo sexo con muchos años de compartir su vida, que contribuyen económica, cultural y políticamente con la sociedad y que se encuentran marginadas por el Estado precisamente en el momento de necesitar más de las pocas ventajas que aporta su estructura jurídica.

22 de septiembre de 2009

Un análisis al movimiento lopezobradorista

Programa de RadioAMLO que se transmite desde La Paz, B.C.S., los domingos de 14 a 16 hrs a través de Internet. Éste fue realizado el 20 de septiembre de 2009. Comentamos a partir del minuto 30. Hicimos una pifia al decir que Ramiro Serna es autor de Los usos de Sandino; este libro es de Enrique Camacho Navarro. Pero el argumento de fondo no cambia. Julio Hernández López en su columna 'Astillero' de La Jornada el día 22 de septiembre hace una crítica similar. Hacia el final del programa hablamos de Alternativa 72.